viernes, 19 de octubre de 2012

MEJORÓ PLAN OBLIGATORIO DE SALUD EN CUANTO A LA SALUD MENTAL




Bogotá, octubre 10 de 2012.- El Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Carlos Mario Ramírez, aseguró que con la unificación y actualización del Plan Obligatorio de Salud, los colombianos han adquirido una serie de derechos que antes no tenían, en cuanto a salud mental se refiere, pero que uno de los grandes retos del Gobierno es mejorar el acceso a estos.

“Hemos incluido medicamentos y una serie de beneficios en términos de derechos de hospitalización en salud mental que no existían. La población del Régimen Subsidiado sólo tenía derecho a la atención de la urgencia psiquiátrica, pero con la igualación y la actualización del POS ya hay mayores posibilidades”, afirmó el Viceministro.

Sin embargo, Ramírez estimó que el reto es convertir esos derechos en acceso efectivo los servicios.

“Si en algún componente de los servicios de salud tenemos un reto para que el derecho se convierta en acceso efectivo es en este tema de salud mental”, agregó el alto funcionario.

En el marco del “Día Mundial de la Salud Mental”, el Viceministro invitó a todas las EPS del país a que garanticen el acceso integral y oportuno a los beneficios que en materia de salud mental tienen los colombianos y aseguró que desde el Ministerio se está trabajando sin descanso que así sea.

Datos de ampliación de servicios de salud mental en el POS
En cuanto a los síntomas de  depresión, los más recientes estudios de salud mental realizados por el Ministerio de Salud y Protección Social revelan que la prevalencia de mes fue de aproximadamente 480.000 mujeres, en comparación a la cifra observada en hombres que fue de 160.000 en el mismo periodo.

Los principales avances del Plan Obligatorio de Salud en materia de atención en salud mental, contemplan aspectos como los siguientes:

• La internación total o parcial (hospital día) pasó de 30 a 90 días, independientemente del régimen de afiliación y a cargo de la Entidad Promotora de Salud.
• La psicoterapia ambulatoria individual por psiquiatría y por psicología, que previamente estaban restringidas a los 30 primeros días de evolución y solamente durante la fase aguda, se cubre hasta treinta (30) sesiones durante el año calendario, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad.
• La psicoterapia ambulatoria grupal, familiar y de pareja, por psiquiatría y por psicología, que previamente estaban restringidas a los 30 primeros días de evolución y solamente durante la fase aguda, se cubre hasta treinta (30) sesiones durante el año calendario, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad.

Cobertura especial en atención diferencial
Con el Acuerdo 029 de 2011 de la Comisión Reguladora en Salud (CRES) se da atención preferente a los grupos conformados por las mujeres víctimas de violencia de cualquier edad, los menores de 18 años víctimas de violencia intrafamiliar y/o con casos de abuso sexual y/o con  trastornos alimentarios como  anorexia o bulimia y/o con uso de sustancias psicoactivas y/o con discapacidad.

En estas poblaciones las coberturas se duplican, así:
• La internación total o parcial (hospital día) se cubre hasta por 180 días.
• La psicoterapia ambulatoria individual por psiquiatría y por psicología, se cubre hasta sesenta (60) sesiones durante el año calendario, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad.
• La psicoterapia ambulatoria grupal, familiar y de pareja, por psiquiatría y por psicología, se cubre hasta sesenta (60) sesiones durante el año calendario, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad.

TOMADO: http://www.onsm.gov.co

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